Una herencia sin planificación civil
y fiscal, en la gran mayoria de 105 021505, acaba consumida en costosos pleitos hereditarios
o en manos de hacienda, por la desmesurada tributacién que supone 61 page el
impuesto sobre sucesiones.
Toda sucesión debe planificarse para
evitar conflictos hereditarios y para aliviar, cuanto menos,la tremenda carga
fiscal que implica; a cotinuación paso a enumerar algunas de las principales
reducciones fiscales y medidas a adoptar:
1 . Otorgar testament notarial, ello
reduciré futures costes y Trámites a sus herederos, ya que en caso contrario se
deberá tramitar una declaración de herederos abintestato, la cual se otorga
delante de Notario aportando diversos
documentos y testigos, siendo su
coste superior al otorgamiento del testamento,
2 . Procurar adjudicar en el testamento
a los herederos bienes o lotes
individuales al objeto de evitar los
indivisos o comunidades de bienes para
que cada uno de ellos pueda disponer
individualmente de los mismos, tras su fallecimiento, sin tener que tomar con
105 01105, y satisfacer el impuesto exclusivamente por aquello que se recibe en
plena disposición. En Caso de no existir bienes suficientes para adjudicar a los
herederos, o de mala relacién entre las mismos, se deben arbitrar medidas para
que un tercero proceda a
su venta y reparto.
3 . Resulta bastante usual designar
en el testamemo como herederos a los familiares más cercanos y en este sentido debe
recordar que existen
reducciones en función del grado de
parentesco, siendo beneficiarios de las mismas, el cónyuge y los hijos (100.000euros),los
nietos (50.000 euros), los ascendientes (30.000euros), 105 hermanos y los sobrinos
(8.000 euros).
4. Recuerde que en el caso de
heredar los ascendientes, el cényuge,o los hijos, si éstos tienen setenta y
cinco años de edad o más, se aplica una reducción adicional de 275.000 euros
dada su condicién de “persones grans”.
5 . Por otra parte, si contrata seguros
de vida designando como beneficiarios un ascendiente, cónyuge o descendiente,
éstos disfrutarán de una reducción adicional de 25.000 euros cada uno de ellos.
6. En el supuesto de heredar el cónyuge,
a la reducción por parentesco de 100.000 euros citada, se permite aplicar una
bonificacién adicional del 99%,10 que supone que éste se encuentra précticameme
exento del impuesto.
7. En caso de que resulten ser
beneficiarios hijos menores de veintitres años a la reducción de 100.000 euros de
parentesco se le adicionan 12.000 euros por cada año menos de veintiuno con el limits
dc 196.000 euros.
8. Ademés, los ascendientes y
descendientes del difunto, tienen derecho a una bonificación adicional que
oscila entre el 20% y el 99% en función del caudal hereditario.
9 . Otra de las reducciones mas importantes
del ISD es la reduccién por minusvalia (que no, incapacidad) consistente en acreditar
ante el ICASS la existencia de una serie de patologias o deficiencias iguales o
superiores al 33%,lo que supone una reducción de 275.000€ en el impuesto; La
citada reducción
se puede obtener per la concurrencia
de patologias bastante usuales a partir de cierta edad,tales como problemas de
Visión, movilidad, de corazón, lesiones,
uso de prótesis y muchos 01:03 tipos
de deficiencias, por lo que su solicitud y inabilitación es recomendable para
obtener ventajas en éste y otros impuestos que pueden alcanzar hasta los
650.0006.
10. Existen otras reducciones tales
como las referidas a las situaciones convivenciales de ayuda mutua, la reducción
por adquisición de Vivienda habitual o la relativa a la transmisién del negocio
empresarial o profesional.
No permita que todo aquello
alcanzado en Vida,se malogre a su muerte, en
conflictos entre herederos o en
impuestos por falta de planificacién sucesoria.
1 MANUEL DOPAZO ZORELLE
Abogado. Doctor en Derecho
Rambla Catalunya n”: 91-93.6",23.
(08008) Barcelona T. 93 247 17 67 Fax.
93 246 4424
No hay comentarios:
Publicar un comentario